¡Chau, Quiosco!

Según El Consultor de Salud la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción al proyecto de ley que establece la venta de todo tipo de medicamentos en forma exclusiva a las farmacias habilitadas para ese fin y califica como “ejercicio ilegal de la farmacia” su comercialización en otro tipo de establecimientos. Si bien para su sanción definitiva deberá ser tratada en la Cámara de Senadores, esta futura Ley es un gran paso adelante en la protección de la Salud Pública argentina.

Hasta ahora, estamos como dice el tango: “La Biblia junto al calefón”. En cualquier quiosco, almacén o algunos supermercados de la Argentina se puede comprar desde una aspirina (cuya ingesta para un alérgico a la misma puede ocasionar la muerte), pasando por muchos AINE’s, “digestivos”, etc., hasta psicofármacos o Viagra (en algunos casos puntuales) y el quiosquero o almacenero pasa así a actuar y aconsejar como un “farmacéutico de confianza”, hay que decirlo con todas las letras. Es hora de que esta aberración se termine de una buena vez por todas.

El proyecto modifica el articulo 1 de la Ley 17.565 y dispone que “la preparación de recetas, dispensa de drogas, medicamentos incluidos los de dispensa sin receta o denominados de venta libre, especialidades farmacéuticas cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en farmacias habilitadas“. Esta iniciativa fue votada a favor por 174 diputados, 2 en contra y una abstención.

De acuerdo con la medida, “la autoridad de aplicación podrá disponer la incorporación de otro tipo de productos al presente régimen”, y dispone que la “venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley, los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal“.

Además, “los programas nacionales, provinciales, municipales o comunales destinados a la provisión de medicamentos o productos antes mencionados deben contar con la supervisión de farmacéuticos conforme lo regule la autoridad jurisdiccional competente”.

También este proyecto aprobado deroga los artículos 14 y 15 del decreto 2.284/91, ratificado por ley 24.307, que en los años noventa permitió abrir al mercado el expendio de medicamentos.

En los fundamentos se sostiene que “a partir de la sanción del mencionado decreto sobre desregulación económica se pretendió generalizar la venta de medicamentos de venta libre, permitiéndose que se comercialicen los mismos en otros locales comerciales aunque no fueran las farmacias habilitadas, argumentando para ello su baja toxicidad y supuesta disminución de los precios por exacerbación de la oferta“.

Al respecto, se indicó que los “pretendidos resultados no se lograron” sino que los medicamentos no sólo no bajaron de precio sino que aumentaron a pesar de la convertibilidad en mas de un 140 % en 10 años“, además de registrarse la existencia en los referidos establecimientos de medicamentos robados, adulterados y falsificados.

Rompo una lanza a favor de nuestros Diputados Nacionales. Ya veremos quiénes fueron los dos que votaron en contra y el que se abstuvo y publicaremos sus nombres, así en las próximas elecciones no los vota ni el perro.

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